Descripción de la oferta
Integración voluntaria en el régimen del personal estatutario en la categoría de Celador (2019) Comunidad de Madrid•Madrid, ES
Descripción del trabajo
Información
Tasa No requiere el pago de tasas BOCM de la convocatoria
Requisitos
Conforme al procedimiento y con los efectos fijados en el artículo 6 del , de 1 de febrero, del Consejo de Gobierno, que regula el proceso voluntario de integración en el régimen estatutario del personal laboral y funcionario, podrá optar por su integración voluntaria en la categoría equivalente del régimen estatutario, el personal laboral fijo y funcionario de carrera que presta servicios en las Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud y reúna los siguientes requisitos:
Vinculación: Estar en posesión de nombramiento como funcionario de carrera o de contrato laboral fijo y pertenecer a un cuerpo o categoría, equivalente a la que se pretende la integración como personal estatutario.
Titulación: Estar en posesión del Certificado de Escolaridad o titulación equivalente.
Funciones: El personal objeto de integración deberá desempeñar las funciones correspondientes a la categoría estatutaria en la que solicita la integración.
Situación administrativa: Estar en situación de activo o en otra situación que conlleve la reserva de puesto por alguna de las causas establecidas en la legislación vigente, así como en la situación de servicios especiales, excedencia forzosa, excedencia voluntaria, excedencia para el cuidado de hijos o familiares, o excedencia por razón de violencia de género, siempre y cuando con anterioridad a la declaración de la situación o excedencia correspondiente se encontrara prestando servicios con carácter definitivo, en Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud.
Otros: Cumplir los restantes requisitos exigidos por la normativa vigente para ostentar la condición de personal estatutario.
Los requisitos exigidos deberán ostentarse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta la expedición del nombramiento como personal estatutario.
Podrás consultar el ámbito de aplicación y la Tabla de equivalencia (Anexo I), en la sección Documentación de interés.
Normativa
Orden 165/2019, de 6 de febrero, del Consejero de Sanidad, por la que se convoca el proceso de integración voluntaria en el régimen del personal estatutario en la categoría de Celador para el personal laboral fijo de las categorías de Auxiliar de Obras y Servicios a extinguir, o integrado en la categoría de Auxiliar de Servicios, Auxiliar de Control e Información, Informador/Recepcionista a extinguir, Celador del Hospital Cruz Roja, Celador transferido de Insalud y Auxiliar Sanitario de Hospitales del Hospital “Carlos III”, así como para el personal funcionario de carrera de la categoría de Ordenanza/Conserje, que prestan servicios en las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud (
Órgano responsable
Consejería de Sanidad Servicio Madrileño de Salud Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Requisitos
Conforme al procedimiento y con los efectos fijados en el artículo 6 del , de 1 de febrero, del Consejo de Gobierno, que regula el proceso voluntario de integración en el régimen estatutario del personal laboral y funcionario, podrá optar por su integración voluntaria en la categoría equivalente del régimen estatutario, el personal laboral fijo y funcionario de carrera que presta servicios en las Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud y reúna los siguientes requisitos:
Vinculación: Estar en posesión de nombramiento como funcionario de carrera o de contrato laboral fijo y pertenecer a un cuerpo o categoría, equivalente a la que se pretende la integración como personal estatutario.
Titulación: Estar en posesión del Certificado de Escolaridad o titulación equivalente.
Funciones: El personal objeto de integración deberá desempeñar las funciones correspondientes a la categoría estatutaria en la que solicita la integración.
Situación administrativa: Estar en situación de activo o en otra situación que conlleve la reserva de puesto por alguna de las causas establecidas en la legislación vigente, así como en la situación de servicios especiales, excedencia forzosa, excedencia voluntaria, excedencia para el cuidado de hijos o familiares, o excedencia por razón de violencia de género, siempre y cuando con anterioridad a la declaración de la situación o excedencia correspondiente se encontrara prestando servicios con carácter definitivo, en Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud.
Otros: Cumplir los restantes requisitos exigidos por la normativa vigente para ostentar la condición de personal estatutario.
Los requisitos exigidos deberán ostentarse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta la expedición del nombramiento como personal estatutario.
Podrás consultar el ámbito de aplicación y la Tabla de equivalencia (Anexo I), en la sección Documentación de interés.
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